Asociación de Ateos de Bogotá celebra sentencia histórica de la Corte Constitucional que reafirma la laicidad del Estado colombiano
- Asociación de Ateos de Bogotá
- 11 nov
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Bogotá, D.C., 11 de noviembre de 2025
Asociación de Ateos de Bogotá celebra sentencia histórica de la Corte Constitucional que reafirma la laicidad del Estado colombiano
La Asociación de Ateos de Bogotá (AAB) saluda con entusiasmo la Sentencia SU-454/25 emitida por la Corte Constitucional el 6 de noviembre de 2025, en la que se declara que la presencia de un crucifijo en la Sala Plena de dicha corporación, entre 1999 y 2024, vulneró los principios de laicidad y neutralidad religiosa del Estado.
Esta decisión, resultado de la acción de tutela promovida por nuestro miembro y activista Daniel Camilo Solano Niño, representa un hito en la defensa de un Estado pluralista y no confesional en Colombia, protegiendo las libertades de conciencia, religión y cultos para todos los ciudadanos, independientemente de sus creencias o la ausencia de ellas.
El caso se inició en 2022 cuando Daniel Camilo Solano, estudiante de derecho y activista de nuestra asociación, presentó una tutela contra la Corte Constitucional argumentando que el crucifijo constituía una adhesión simbólica a un credo específico, violando derechos fundamentales como la dignidad humana, la igualdad y el derecho de petición. Apoyados en jurisprudencia comparada, como el "Lemon Test" de Estados Unidos y la Sentencia del Crucifijo del Tribunal Constitucional Alemán, así como en decisiones previas de la propia Corte Constitucional, solicitamos el retiro del símbolo.
A pesar de que el crucifijo fue removido en junio de 2024 (cuando el expediente ya había sido seleccionado para revisión) y entregado a la Arquidiócesis de Bogotá —una acción que en su momento señalamos como una intención de buscar la carencia actual de objeto por hecho superado—, la sentencia confirma que su exposición carecía de un motivo secular importante, verificable y suficiente, enviando un mensaje de exclusión a no creyentes.

En esta sentencia, la Sala Plena, integrada por magistrados titulares y conjueces tras impedimentos declarados por los jueces involucrados, resalta que el principio de neutralidad impide al Estado promover activamente un sistema moral religioso en detrimento de otros.
La AAB como institución, contribuyó activamente al proceso mediante un Amicus Curiae, destacando la importancia de democratizar el debate judicial y garantizar la separación entre Iglesia y Estado. Esta victoria no solo beneficia a ateos, agnósticos y no creyentes, sino que fortalece el pluralismo en un país mayoritariamente religioso, alineándose con el espíritu de la Constitución de 1991, que aunque tiene rezagos como la invocación a Dios en su preámbulo —propios de un pasado confesional— actualmente es la brújula que guía el país hacia la laicidad.
Como organización dedicada a la promoción del ateísmo, la desmitificación de estigmas sociales y la defensa de derechos humanos basados en la ciencia y la razón, la AAB ve en esta decisión un avance crucial contra imposiciones religiosas en espacios públicos. Recordamos que, aunque no está prohibida 'per se' la exposición de símbolos religiosos en despachos judiciales si se justifica secularmente, este fallo establece un precedente para que el Estado respete todas las convicciones sin favoritismos.
Agradecemos el apoyo de aliados, juristas y medios que han visibilizado esta causa, y reafirmamos nuestro compromiso con acciones educativas y jurídicas para combatir vulneraciones motivadas por dogmas religiosos. Invitamos a la sociedad colombiana a reflexionar sobre la necesidad de un Estado neutral que fomente la inclusión y el respeto mutuo.
Esta sentencia es un paso hacia una democracia más madura, donde la fe sea un asunto personal y no una imposición institucional.
Para ampliación de información:
David Mariño Segura, director ejecutivo +57 3213846578
ASOCIACIÓN DE ATEOS DE BOGOTÁ



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